19 de septiembre de 2012

La compasión judicial

Por Fernando Rey

El juez debe negarse a comprender al delincuente. No cabe la compasión. Debe aplicar la ley. Por supuesto, tendrá su opinión personal sobre el caso a decidir, que no necesariamente coincidirá con su veredicto. Es posible, por ejemplo, que piense que había razones poderosas para justificar la conducta del delincuente, o que él mismo habría hecho algo parecido en una situación similar, pero el juez se ve obligado a aplicar las reglas de sanción que le vienen dadas. Es el legislador, es decir, quien representa por antonomasia a los ciudadanos porque es elegido por ellos, el que debe establecer la política criminal. Ciertamente, esto no significa que el juez no disponga de un cierto margen de apreciación personal porque, al aplicar la ley, tiene previamente que interpretarla, y determinar el sentido de una norma no es fácil y admite diversas posibilidades. Con las normas en la mano podría justificarse, por ejemplo, tanto la excarcelación del etarra enfermo de cáncer, como su mantenimiento en prisión hasta que la enfermedad avanzara más. Se trata de decisiones ampliamente discrecionales.  
 

Muchos ciudadanos creen que nuestro sistema penal es demasiado amable con los delincuentes. En algunos aspectos, como sabemos los juristas, esto es verdad. Pero, desde otro punto de vista, tampoco deberíamos ignorar y despreciar la corriente humanizadora que, desde la Ilustración, ha venido configurando un derecho penal más justo y equilibrado. Todo esto no tiene que ver con la compasión, sino con la ineludible necesidad de que en un Estado democrático las autoridades impartan justicia y no venganza.

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